El 16 de mayo de 2017 finaliza el plazo inicial estipulado en el Decreto de la Junta de Andalucía, para la regulación, registro e inscripción de los hospedajes en el Registro de Turismo de la Junta de Andalucía.
A partir de esa fecha la Junta podrá comenzar a fiscalizar dicha inscripción mediante el visionado de los anuncios de ofrecimiento de este tipo de hospedajes publicados en las diferentes plataformas web, donde se obliga a los propietarios anunciantes, según su decreto, a la publicación en el propio anuncio, el número o código, que proporciona la Oficina de Turismo a quienes hayan realizado dicha inscripción.
El solo hecho de no publicar en el anuncio, dicho código, estaría configurando un incumplimiento a esa regulación (en vigor desde el 16 de mayo de 2016) y habilitaría a la notificación por parte de la Junta de Andalucía, a los «Propietarios infractores» para la regulación de ese hospedaje y la aplicación de sanciones en los casos que así lo contemple ese Decreto.
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Evite preocupaciones, multas y sanciones…aun estamos a tiempo y queremos ayudarle !!!
Información, documentos necesarios y demás detalles de la normativa vigente:
Puede ver y leer el Decreto en vigor en :
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/28/6
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/28/BOJA16-028-00009-2130-01_00084776.pdf
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